Incluye las siguientes modificaciones:
Debe calcularse siempre por todo el año, independientemente de la fecha en que se presentó la declaración, a excepción de que se haya declarado la disolución.
Además, el importe a retener en el mes de diciembre no podrá superar el valor equivalente al 20% de la renta computable para IRPF correspondiente a dicho mes.
Debe informarse junto a las deducciones del mes de cargo Diciembre 2009, el eventual aporte que los funcionarios hicieron por la liquidación del primer medio aguinaldo.
Se cambió el eventual texto IRPF Sdo a favor por IRPF Diferencia. Este texto se imprime cuando el IRPF anual es menor que los anticipos de IRPF.
Sugerimos a los usuarios que no tengan Caja de Auxilio ni funcionarios que hayan declarado Núcleo Familiar que esperen al mes de enero para actualizar su versión de GENTE.
La lista completa de novedades y correcciones puede consultarse eligiendo Herramientas | Novedades en la barra de menú, una vez que haya instalado esta versión.
Instrucciones de actualización (exclusivo para usuarios con contrato de asistencia):
Descarga de la actualización para versión access (8MB): gen820 Los usuarios de la versión cliente/servidor deben solicitar la actualización a SAICO.